ARTÍCULO 83. Son causas de extinción de las acciones por ilícitos tributarios:
La muerte del autor principal extingue la acción punitiva, pero no extingue la acción contra coautores y partícipes. No obstante, subsistirá la responsabilidad por las multas aplicadas que hubieren quedado firmes en vida del causante.
La amnistía;
La prescripción y;
Las demás causas de extinción de la acción tributaria conforme a este Código.
Códigos Tributarios Concordados
Código Orgánico Tributario Artículo 83
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- Categoría: CAPÍTULO I Parte General