Artículo 277. Finalidad.
La acción de protección tiene como finalidad que el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes haga cesar la amenaza u ordene la restitución del derecho, mediante la imposición de obligaciones de hacer o de no hacer.
LOPNNA Artículo 281: Decisión.
Artículo 281. Decisión. La decisión que declare con lugar la acción de protección deberá indicar, con toda claridad y precisión, las condiciones y el plazo para su cumplimiento.Las obligaciones impuestas deben ser de posible cumplimiento en atención a las funciones propias de la…
