Artículo 671. Dotación
La Sección de Adolescentes de tribunal penal debe ser dotada de una sala de espera para imputados o imputadas adolescentes, separada de la destinada a personas adultas. Asimismo, debe contar con las instalaciones, equipos y personal necesario para el cumplimiento de sus funciones.
LOPNNA Artículo 665
Artículo 665. Jurisdicción Corresponde a la Sección de Adolescentes de los tribunales penales ordinarios y a la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, el ejercicio de la jurisdicción para la resolución de los asuntos sometidos a su decisión, conforme a lo…