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  1. TÍTULO IX: De La Reforma Constitucional
  2. Capítulo III De la Asamblea Nacional Constituyente

Capítulo III De la Asamblea Nacional Constituyente

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: Artículo 347

Título: Capítulo III De la Asamblea Nacional Constituyente

CRBV Artículo 347 El pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder, puede convocar una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución.

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: Artículo 348

Título: Capítulo III De la Asamblea Nacional Constituyente

CRBV Artículo 348 La iniciativa de convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente podrán tomarla el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; la Asamblea Nacional, mediante acuerdo de la dos terceras partes de sus integrantes; los Consejos Municipales en cabildo, mediante el voto de las dos terceras partes de los mismos; o el quince por ciento de los electores inscritos y electoras inscritas en el registro civil y electoral.

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: Artículo 349

Título: Capítulo III De la Asamblea Nacional Constituyente

CRBV Artículo 349 El Presidente o Presidenta de la República no podrá objetar la nueva Constitución.

Los poderes constituidos no podrán en forma alguna impedir las decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente.

Una vez promulgada la nueva Constitución, ésta se publicará en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela o en la Gaceta de la Asamblea Nacional Constituyente.

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: Artículo 350

Título: Capítulo III De la Asamblea Nacional Constituyente

CRBV Artículo 350 El pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad, desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos.



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