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Sección I De la Compraventa

Código de Comercio Artículo 142

Código de Comercio Artículo 142 Si el comprador no cumple su obligación, el vendedor tiene derecho a hacer vender la cosa que es objeto del contrato o depositaria en una acreditada casa de comercio y, en defecto de ésta, en persona de responsabilidad, todo por cuenta del comprador. La venta se hará en almoneda o al precio corriente si la cosa que es objeto del contrato tiene precio de Bolsa o de…
Sección I De la Compraventa

Código de Comercio Artículo 138

Código de Comercio Artículo 138 Si no se ha establecido ningún término para la llegada de la nave, se entiende convenido el necesario para el viaje. En caso de retardo la autoridad judicial puede fijar un término, según las circunstancias, pasado el cual sin que la nave haya llegado, el contrato se tendrá por resuelto. En ningún caso puede señalar la autoridad judicial más de un año de término, a…

Código de Comercio Artículo 135

Código de Comercio Artículo 135 Si las mercancías vendidas están indicadas en el contrato sólo por su especie, cantidad y calidad, sin otra designación suficiente para determinar un cuerpo cierto, el vendedor está obligado a entregar la especie en la cantidad y de la calidad prometidas, en el tiempo y lugar convenidos, aunque las mercancías que tenía a su disposición al tiempo del contrato, o que…

Código de Comercio Artículo 145

Código de Comercio Artículo 145 Entregadas las mercancías vendidas al comprador, éste no será oído en las reclamaciones sobre defecto de calidad o falta de cantidad, siempre que las hubiere examinado al tiempo de la entrega y recibo sin reserva. Cuando las mercancías fueren entregadas en fardos o bajo cubierta y que impidan su reconocimiento y el comprador hiciere expresa y formal reserva del…

Código de Comercio Artículo 134

Código de Comercio Artículo 134 La venta mercantil hecha por un precio no determinando en el contrato es válida, si las partes han convenido en el modo de determinarlo después. La venta hecha por el justo precio o por el precio corriente es también válida. El precio se determinará de conformidad con los libros de los corredores y de las Bolsas en el día y lugar de la venta. La determinación del…

Código de Comercio Artículo 146

Código de Comercio Artículo 146 Si el comprador rehúsa recibir las mercancías provenientes de otra plaza y el vendedor o expedidor de ellas no reside en el lugar del recibo, el Juez de Comercio o el del lugar, donde no hubiere de Comercio, puede, a solicitud del comprador, ordenar que sean reconocidas, estimadas y depositadas. Si las mercancías están sujetas a grave deterioro, el Tribunal puede…

Código de Comercio Artículo 143

Código de Comercio Artículo 143 Si el término convenido es esencial a la naturaleza de la operación, la parte que quiere el cumplimiento de ésta, no obstante la expiración del término establecido en su interés, debe avisarlo a la otra parte, dentro de las veinticuatro horas sucesivas al fenecimiento, del término, salvo los usos especiales del comercio. En el caso antedicho, la venta de la cosa…

Código de Comercio Artículo 144

Código de Comercio Artículo 144 El comprador de mercancías o frutos provenientes de otra plaza, debe denunciar al vendedor los vicios aparentes dentro de dos días del recibo, cuando no sea necesario mayor tiempo por las condiciones particulares de la cosa, vendida o de la persona del comprador. El comprador debe denunciar los vicios ocultos dentro de los dos días siguientes al descubrimiento de…

Código de Comercio Artículo 137

Código de Comercio Artículo 137 Si en la venta de mercancías que están en viaje se ha fijado término para la llegada de la nave designada en el contrato o con posterioridad a éste, y el término vence sin que la nave haya llegado, el comprador tiene derecho a rescindir el contrato o a prorrogar el término una o más veces. Otros artículos relacionados CC artículo 1474 CC artículo 1479 CC artículo…

Código de Comercio Artículo 140

Código de Comercio Artículo 140 Las averías sufridas durante el viaje resuelven el contrato, si las mercancías están de tal modo deterioradas que no sirvan para el uso a que están destinadas. En cualquier otro caso, el comprador debe recibir las mercancías en el estado en que se encuentren a su llegada, mediante una justa disminución de precio. Otros artículos relacionados CC artículo 1474 CC…