Código de Comercio Concordado
  • Inicio
  • Código de Comercio
  • Portales Web
    • Gacetas Oficiales
    • Biblioteca
      • Acuerdos
      • Actas
      • Avisos
      • Códigos
      • Convenios
      • Decisiones
      • Decretos
      • Leyes
      • Normas
      • Providencias
      • Reglamentos
      • Resoluciones
      • Tratados
    • Códigos Civiles
      • Código de Procedimiento Civil
      • Código Civil
    • Códigos Penales
      • Código de Procedimiento Penal
      • Código Penal
    • Códigos Laborales
      • Ley Orgánica del Trabajo
      • Ley Orgánica Procesal del Trabajo
      • Reglamento de Ley Orgánica del Trabajo
    • Códigos Tributarios
      • Código Orgánico Tributario
      • Ley del IVA
      • Reglamento de la Ley del IVA
      • Ley del Impuesto sobre la Renta
      • Reglamento de Ley del Impuesto sobre la Renta
    • Constitución de Venezuela
    • LOPNNA
  • Gaceta de Naturalizados: Clic Aquí


  1. CCOM LIBRO TERCERO: De los Atrasos y Quiebras
  2. Título II De Las Quiebras de Mayor Cuantía
  3. Sección XIII De los Recursos contra las decisiones dadas en los juicios de quiebra

Sección XIII De los Recursos contra las decisiones dadas en los juicios de quiebra

Código de Comercio Artículo 1059

Título: Sección XIII De los Recursos contra las decisiones dadas en los juicios de quiebra

Código de Comercio Artículo 1059 La apelación contra la sentencia que declare la quiebra se propondrá en el término legal.

Lo mismo la apelación que se interpusiere contra el auto que fije la época de la cesación de los pagos, si se declarare por separado.

Los acreedores domiciliados fuera del lugar del juicio podrán apelar de la sentencia que declare la quiebra o del auto que fije la época de la cesación de los pagos hasta el día señalado para la calificación de los créditos.

Los demás terceros interesados podrán oponerse a los efectos de cata fijación, siempre que se quiera hacerlos valer contra ellos.

La apelación contra la sentencia que niega o revoca la quiebra, se oye en un solo efecto.

La apelación contra la sentencia que niega o revoca la quiebra, se oye libremente.

De las determinaciones que el Juez de Comercio dictare en la administración de la quiebra no se concede apelación sino en los casos expresamente determinados por la ley. La apelación sólo se oirá en el efecto devolutivo.

 

Otros artículos relacionados
CPC artículo 290

 

Código de Comercio Artículo 1060

Título: Sección XIII De los Recursos contra las decisiones dadas en los juicios de quiebra

Código de Comercio Artículo 1060 De las determinaciones que el Juez de Comercio dictare en la administración de la quiebra no se concede apelación sino en los casos expresamente determinados por la ley. La apelación sólo se oirá en el efecto devolutivo.

Código de Comercio Artículo 1061

Título: Sección XIII De los Recursos contra las decisiones dadas en los juicios de quiebra

Código de Comercio Artículo 1061 Son apelables ante el Tribunal Superior en el efecto, devolutivo solamente el auto que acuerde el arresto del fallido, el que niegue su libertad y el que la acuerde bajo fianza,

Código de Comercio Artículo 1062

Título: Sección XIII De los Recursos contra las decisiones dadas en los juicios de quiebra

Código de Comercio Artículo 1062 Se seguirán las regias establecidas en el Título III, Libro Cuarto de este Código, sobre apelación y demás recursos contra las sentencias ínterlocutorias o definitivas, cuando no haya disposición especial en este Título.



Indice de Contenido
  • Inicio
  • Código de Comercio
  • Portales Web
    • Gacetas Oficiales
    • Biblioteca
    • Códigos Civiles
    • Códigos Penales
    • Códigos Laborales
    • Códigos Tributarios
    • Constitución de Venezuela
    • LOPNNA
  • Gaceta de Naturalizados: Clic Aquí

Conectados

Hay 38 invitados en línea

Colección Forense y Biblioteca Personal
Telegram: @GacetaOficial Facebook: @GacetaOficial Instagram: @GacetaOficial Linkedin: @GacetaOficial Twitter: @Gaceta_Oficial
© Miguel S. Muñoz @MiguelSMunoz
Experto en Informática Forense y Peritaje Informático
Experticias Informáticas

+58.424.1687216 || +58.412.8035366
Ecuador - Venezuela

PORTALES
GacetaOficial.io || GacetaNaturalizado.com || GacetaOficial.org
GacetaOficialVenezuela.com || GacetaOficialDeVenezuela.com
Leyes.io || BibliaProsperidad.com || ExperticiasInformaticas.com
CÓDIGOS CONCORDADOS
- Códigos Civiles || - Códigos Penales || - Código de Comercio
- Códigos Laborales || - Códigos Tributarios || - Constitución de Venezuela || - LOPNNA

Nuestras redes sociales