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CAPÍTULO II : De los Medios de Prueba, de su Promoción y Evacuación

Código Procedimiento Civil Artículo 395

Código Procedimiento Civil Artículo 395 Son medios de prueba admisibles en juicio aquellos que determina el Código Civil, el presente Código y otras leyes de la República. Pueden también las partes valerse de cualquier otro medio de prueba no prohibido expresamente por la ley, y…
CAPÍTULO II : De los Medios de Prueba, de su Promoción y Evacuación

Código Procedimiento Civil Artículo 396

Código Procedimiento Civil Artículo 396 Dentro de los primeros quince días del lapso probatorio deberán las partes promover todas las pruebas de que quieran valerse, salvo disposición especial de la Ley. Pueden sin embargo, las partes, de común acuerdo, en cualquier estado y…

Código Procedimiento Civil Artículo 398

CAPÍTULO II : De los Medios de Prueba, de su Promoción y Evacuación
Código Procedimiento Civil Artículo 398 Dentro de los tres días siguientes al vencimiento del término fijado en el artículo anterior , el…

Código Procedimiento Civil Artículo 400

CAPÍTULO II : De los Medios de Prueba, de su Promoción y Evacuación
Código Procedimiento Civil Artículo 400 Admitidas las pruebas, o dadas por admitidas conforme a los artículos precedentes, comenzarán a…

Código Procedimiento Civil Artículo 399

CAPÍTULO II : De los Medios de Prueba, de su Promoción y Evacuación
Código Procedimiento Civil Artículo 399 Si el Juez no providenciare los escritos de prueba en el término que se le señala en el artículo…

Código Procedimiento Civil Artículo 402

CAPÍTULO II : De los Medios de Prueba, de su Promoción y Evacuación
Código Procedimiento Civil Artículo 402 De la negativa y de la admisión de alguna prueba habrá lugar a apelación y ésta será oída en ambos…