Sección I : Disposiciones Generales
Código Civil Artículo 1975 La prescripción se cuenta por días enteros y no por horas.
Código Civil Artículo 1976 La prescripción se consuma al fin del último día del término.
Código Civil Artículo 1975 La prescripción se cuenta por días enteros y no por horas.
Código Civil Artículo 1976 La prescripción se consuma al fin del último día del término.