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  1. Código Civil
  2. CÓDIGO CIVIL : LIBRO TERCERO : DE LAS MANERAS DE ADQUIRIR Y TRANSMITIR LA PROPIEDAD Y DEMÁS DERECHOS
  3. TÍTULO III : De las obligaciones
  4. CAPÍTULO I : De las fuentes de las obligaciones
  5. Sección I : De los contratos
  6. Sección I : § 2° De los requisitos para la validez de los contratos
  7. Sección I : § 2° I : De la capacidad de las partes contratantes

Sección I : § 2° I : De la capacidad de las partes contratantes

Código Civil Artículo 1143

Título: Sección I : § 2° I : De la capacidad de las partes contratantes

Código Civil Artículo 1143 Pueden contratar todas las personas que no estuvieren declaradas incapaces por la Ley.

Código Civil Artículo 1144

Título: Sección I : § 2° I : De la capacidad de las partes contratantes

Código Civil Artículo 1144 Son incapaces para contratar en los casos expresados por la Ley: los menores, los entredichos, los inhabilitados y cualquiera otra persona a quien la Ley le niegue la facultad de celebrar determinados contratos.

No tienen capacidad para adquirir bienes inmuebles los institutos llamados de manos muertas, o sea los que por las leyes o reglamentos de su constitución no pueden enajenarlos.

Código Civil Artículo 1145

Título: Sección I : § 2° I : De la capacidad de las partes contratantes

Código Civil Artículo 1145 La persona capaz de obligarse no puede oponer la incapacidad del menor, del entredicho, ni del inhabilitado con quien ha contratado.

La incapacidad que se deriva de la interdicción por causa de condenación penal, puede oponerse por todos aquellos a quienes interese.

Sección I : § 2° II : De los vicios del consentimiento

Sección I : § 2° III : Del objeto de los contratos

Sección I : § 2° IV : De la causa de los contratos


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