Códigos Civiles Concordados
  • Inicio
  • Código Civil
  • Código de Procedimiento Civil
  • Portales Web
    • Gacetas Oficiales
    • Biblioteca
      • Acuerdos
      • Actas
      • Avisos
      • Códigos
      • Convenios
      • Decisiones
      • Decretos
      • Leyes
      • Normas
      • Providencias
      • Reglamentos
      • Resoluciones
      • Tratados
    • Códigos Civiles
    • Códigos Penales
      • Código de Procedimiento Penal
      • Código Penal
    • Códigos Laborales
      • Ley Orgánica del Trabajo
      • Ley Orgánica Procesal del Trabajo
      • Reglamento de Ley Orgánica del Trabajo
    • Códigos Tributarios
      • Código Orgánico Tributario
      • Ley del IVA
      • Reglamento de la Ley del IVA
      • Ley del Impuesto sobre la Renta
      • Reglamento de Ley del Impuesto sobre la Renta
    • Código de Comercio
    • Constitución de Venezuela
    • LOPNNA
    • DESCARGAR Gaceta Código Civil 1982
  • Gaceta de Naturalizados: Clic Aquí


  1. Código Civil
  2. CÓDIGO CIVIL : LIBRO SEGUNDO : DE LOS BIENES DE LA PROPIEDAD Y DE SUS MODIFICACIONES
  3. TÍTULO III : De las limitaciones de la propiedad
  4. CAPÍTULO II : De las limitaciones de la propiedad predial y de las servidumbres prediales
  5. Sección I : Limitaciones legales de la propiedad predial
  6. Sección I : § 5° De las luces y vistas de la propiedad del vecino

Sección I : § 5° De las luces y vistas de la propiedad del vecino

Código Civil Artículo 704

Título: Sección I : § 5° De las luces y vistas de la propiedad del vecino

Código Civil Artículo 704 Ningún medianero puede abrir en pared común ventana ni tronera alguna sin consentimiento del otro.

Código Civil Artículo 705

Título: Sección I : § 5° De las luces y vistas de la propiedad del vecino

Código Civil Artículo 705 El dueño de una pared no medianera, contigua a finca ajena, puede abrir en ella ventanas o troneras para recibir luces, a la altura de dos y medio metros, por lo menos, del suelo o pavimento que se quiere iluminar y de las dimensiones de veinticinco centímetros por lado, a lo más; y, en todo caso, con reja de hierro remetida en la pared y con red de alambre.

Sin embargo, el dueño de la finca o propiedad contigua a la pared donde estuvieren abiertas las ventanas o troneras, podrá adquirir la medianería y cerrarlas, siempre que edifique apoyándose en la misma pared medianera.

La existencia de tales ventanas o troneras no impide al propietario del predio vecino construir pared contigua al edificio donde aquéllas estén, aunque queden las luces cerradas.

Código Civil Artículo 706

Título: Sección I : § 5° De las luces y vistas de la propiedad del vecino

Código Civil Artículo 706 No se pueden tener vistas rectas o ventanas para asomarse, ni balcones ni otros voladizos semejantes sobre la propiedad del vecino, si no hay un metro y medio de distancia entre la pared en que se construyan y dicha heredad. Esta prohibición cesa cuando hay, entre dos paredes una vía pública.

Tampoco pueden tenerse vistas laterales y oblicuas sobre la misma propiedad, si no hay cincuenta centímetros de distancia. Esta prohibición cesa, cuando la vista lateral y oblicua forma al mismo tiempo una vista directa sobre una vía pública.

Código Civil Artículo 707

Título: Sección I : § 5° De las luces y vistas de la propiedad del vecino

Código Civil Artículo 707 Las distancias de que trata el artículo anterior se cuentan desde el filo de la pared, en los huecos donde no haya voladizos; desde el filo exterior de éstos, donde los haya; y para las oblicuas, desde el filo de la pared o desde el filo exterior de los voladizos, respectivamente, hasta la línea de separación de las dos propiedades.

Cuando por contrato, o de cualquier otra manera, se haya adquirido el derecho de tener vistas rectas sobre el predio del vecino, el propietario de este predio no podrá edificar a menos de tres metros de distancia, medidos como se ha dicho en el párrafo anterior.


Indice de Contenido
  • Inicio
  • Código Civil
  • Código de Procedimiento Civil
  • Portales Web
    • Gacetas Oficiales
    • Biblioteca
    • Códigos Civiles
    • Códigos Penales
    • Códigos Laborales
    • Códigos Tributarios
    • Código de Comercio
    • Constitución de Venezuela
    • LOPNNA
    • DESCARGAR Gaceta Código Civil 1982
  • Gaceta de Naturalizados: Clic Aquí
Conectados

Hay 56 invitados en línea

Colección Forense y Biblioteca Personal
Telegram: @GacetaOficial Facebook: @GacetaOficial Instagram: @GacetaOficial Linkedin: @GacetaOficial Twitter: @Gaceta_Oficial
© Miguel S. Muñoz @MiguelSMunoz
Experto en Informática Forense y Peritaje Informático
Experticias Informáticas

+58.424.1687216 || +58.412.8035366
Ecuador - Venezuela

PORTALES
GacetaOficial.io || GacetaNaturalizado.com || GacetaOficial.org
GacetaOficialVenezuela.com || GacetaOficialDeVenezuela.com
Leyes.io || BibliaProsperidad.com || ExperticiasInformaticas.com
CÓDIGOS CONCORDADOS
- Códigos Civiles || - Códigos Penales || - Código de Comercio
- Códigos Laborales || - Códigos Tributarios || - Constitución de Venezuela || - LOPNNA

Nuestras redes sociales