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  1. Código Civil
  2. CÓDIGO CIVIL : LIBRO PRIMERO : DE LAS PERSONAS
  3. TÍTULO X : De la interdicción y de la inhabilitación
  4. CAPÍTULO I : De la interdicción

CAPÍTULO I : De la interdicción

Código Civil Artículo 393

Título: CAPÍTULO I : De la interdicción

Código Civil Artículo 393 El mayor de edad y el menor emancipado que se encuentren en estado habitual de defecto intelectual que los haga incapaces de proveer a sus propios intereses, serán sometidos a interdicción, aunque tengan intervalos lúcidos.

 

Otros artículos relacionados
lopnna artículo 377
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Código Civil Artículo 394

Título: CAPÍTULO I : De la interdicción

Código Civil Artículo 394 El menor no emancipado puede ser sometido a interdicción en el último año de su menor edad.

Código Civil Artículo 395

Título: CAPÍTULO I : De la interdicción

Código Civil Artículo 395 Pueden promover la interdicción: el cónyuge, cualquier pariente del incapaz, el Síndico Procurador Municipal y cualquier persona a quien le interese. El Juez puede promoverla de oficio.

Código Civil Artículo 396

Título: CAPÍTULO I : De la interdicción

Código Civil Artículo 396 La interdicción no se declarará sin haberse interrogado a la persona de quien se trate, y oído a cuatro de sus parientes inmediatos, y en defecto de éstos, amigos de su familia.

Después del interrogatorio podrá el Juez decretar la interdicción provisional y nombrar un tutor interino.

Código Civil Artículo 397

Título: CAPÍTULO I : De la interdicción

Código Civil Artículo 397 El entredicho queda bajo tutela y las disposiciones relativas a la tutela de los menores son comunes a la de los entredichos, en cuanto sean adaptables a la naturaleza de ésta.

Código Civil Artículo 398

Título: CAPÍTULO I : De la interdicción

Código Civil Artículo 398 El cónyuge mayor de edad y no separado legalmente de bienes, es de derecho tutor de su cónyuge entredicho. A falta del cónyuge, o cuando éste se halle impedido, el padre y la madre, acordarán, con aprobación del Juez, cuál de ellos ejercerá la tutela del entredicho.

  1. Código Civil Artículo 399
  2. Código Civil Artículo 400
  3. Código Civil Artículo 401
  4. Código Civil Artículo 402

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