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  1. Código Civil
  2. CÓDIGO CIVIL : LIBRO PRIMERO : DE LAS PERSONAS
  3. TÍTULO IV : Del Matrimonio
  4. CAPÍTULO XII : De la disolución del matrimonio y de la separación de cuerpos
  5. Sección II : De la separación de cuerpos

Sección II : De la separación de cuerpos

Código Civil Artículo 188

Título: Sección II : De la separación de cuerpos
Código Civil Artículo 188 La separación de cuerpos suspende la vida común de los casados.

Código Civil Artículo 189

Título: Sección II : De la separación de cuerpos
Código Civil Artículo 189 Son causas únicas de separación de cuerpos las seis primeras que establece el artículo 185 para el divorcio, y el mutuo consentimiento. En este último caso el Juez declarará la separación en el mismo acto en que fuere presentada la manifestación personalmente por los cónyuges.

Código Civil Artículo 190

Título: Sección II : De la separación de cuerpos

Código Civil Artículo 190 En todo caso de separación de cuerpos, cualquiera de los cónyuges podrá pedir la separación de bienes, pero, si aquélla fuere por mutuo consentimiento, la separación de bienes no producirá efectos contra terceros, sino después de tres meses de protocolizada la declaratoria en la Oficina Subalterna de Registro del domicilio conyugal.

 

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