Código Civil Artículo 1789 También puede constituirse a título puramente gratuito, por donación o por testamento, debiendo entonces hacerse con las formalidades que establece la Ley para tales casos.
CAPÍTULO I : De las condiciones requeridas para la validez del contrato de renta vitalicia
Código Civil Artículo 1788
Código Civil Artículo 1788 La renta vitalicia puede constituirse a título oneroso, mediante una cantidad de dinero u otra cosa mueble, o mediante un inmueble.